| Mensaje que originó la charla: |
Como añadir un nombre en el registro a mi bebe?
mi bebe tiene año y medio, y quiero añadirle un nombre para ponerlo compuesto, pq me quede con ganas en su momento, vivo en españa, se llama borja y le quiero añadir david, alguien sabe los trámites a seguir?, os ha pasado?pq estoy pesarosa de no habérselo puesto en su momento!!!! gracias , veo que un tal aurembiaux sabe mucho, así que igual me puede ayudar!
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| Contenido de las respuestas: |
Soy una chica
A ver, para modificar de cualquiera de las maneras el nombre de tu hijo en el registro civil necesitas aportar documentación suficiente y fehaciente de que el nombre que usa siempre y en todo momento es el que queréis que sea el nuevo nombre. Es decir, en vuestro caso tenéis que demostrar sin lugar a dudas que su nombre es Borja David (y que siempre le llamáis de esta manera y que es el nombre que utilizáis para inscribirlo en el colegio, en la biblioteca, etc., etc.). Creo que la documentación tiene que abarcar un mínimo de dos años, por lo que, de momento, no podrías iniciar los trámites.
Ahora bien, los jueces son muy reacios a cambios de nombres y sólo los autorizan si no responden a motivos de frivolidad y me temo que lo de añadir un segundo nombre van a considerarlo frivolidad (se supone que un embarazo es tiempo suficiente para meditar el nombre que se va a poner a un bebé).
Te copio literalmente lo que dice la web del Ministerio de Justicia sobre lo que preguntas. Documentos que necesitas: "Respecto al cambio de nombre: Solicitud dirigida, según los casos, al Registro Civil o al Ministro de Justicia o Director General de los Registros y del Notariado. Al Registro Civil, conviene dirigirla cuando se trate de cambiar el nombre inscrito por el que se usa habitualmente. Certificación literal de la inscripción de nacimiento del afectado por el cambio. Prueba documental que acredite, en su caso, el uso habitual del nombre que se propone o cualquier otra circunstancia en que se base la petición. En general, ya que hay varios supuestos, conviene aportar partidas de bautismo, hacer propuesta de testigos, así como, los correspondientes certificados de las Reales Academias de las respectivas lenguas oficiales españolas para el supuesto de sustitución del nombre propio por su equivalente onomástico en dichas lenguas."
Puedes presentar la solicitud ante el Registro Civil del nacimiento o en el del domicilio. Y puedes hacerlo presencialmente o enviando por correo certificado la solicitud al Registro Civil correspondiente.
Aurembiaix http://onomastica.mailcatala.com
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Hola aurembiaix
Me ha llamado mucho la atención tu conocimiento al respecto y la dedicación que brindaste a esta mamá. Por lo que me encantaría comentarte mi caso, que hace tiempo que intento resolverlo e indagando por la web encontré este foro. Paso a contarte. Estoy embarazada de 8 meses. Y desde que deseábamos tener un hijo con mi marido que teníamos el nombre decidido. Al elegir la Maternidad Sardá (en Bs.As. capital) comencé a averiguar si me permitían ponerle a nuestro hijo el nombre: Zé Pedro. No figura Zé en el listado del registro civíl. Éste es elñ diminutivo de José en Brasil. Del registro civíl me mandaron a la embajada de brasil para que me den una hoja con membrete donde diga que Zé corresponde a un nombre común de varón. Así fue que fui a la Embajada y me mandaron al Consulado donde me dicen que ése trámite solo se lo realizan a extranjeros brasileron que inscriben a sus hijos en bs.as., no para mi, ya que ni mi marido ni yo somos brasileros. Somos argentinos. Vuelvo al registro civíl a contar estas novedades y ellos insisten en que sí reliza el consulado ese trámite y que vaya a reclamar. O que les presente dicho papel sellado y firmado ante una autoridad competente. Preparé tambiéb una carta modelo que figura en internet para la Academia de letras, pidiendo la autorización de Zé, que en breves la llevaré. También hablé con un abogado ya que el artículo 3 (creo) me ampara para ponerle a mi hijo el nombre que yo escoja, figure o no. La verdad es que el tiempo pasa, mi pancita está cada vez más grande y el día que nazca mi hijo pasaré un mal momento en el registro civíl si esto no se resuelve. Te pido que me ayudes, si sabés cómo hacerlo que me lo digas. Este nombre es importante para mi marido y para mí y no nos gustaría que sea la ley quien escoja el nombre de nuestro hijo. Desde ya muchas gracias y quedo a la espera de una pronta y favorable respuesta. Gracias por tu tiempo. Te saluda: Valeria.
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Gracias pero otraduda!
cuando lo inscriba en la guarderia del colegio ¿pedo inscribirlo con el compuesto aunque no figure así en ellibro de familia, y lo mismo en la cartilla de la seguridad social o en la de seguros privados?,pq no creo que le pueda hacer su DNI O POSAPORTE con el nombre compuesto sino figura así, a no ser que lo falsee , pero tampoco es éso, que es muy fuerte, aunque yo conozco gente que su en su dni se han añadido al apellido la coletilla "de" o "del",no se que opinas tú que sabes más, y otra cosa, a partir de qué edad podría ca,biárselo, cuánto tiempo tengo que demostrar que se usa, pq creo que al respecto no hay ley, no se como serán los precedentes de otros casos, yo quiero hacerlo cuanto antes, y en el libro de familia cómo queda con el compuesto se añade en la misma hoja, o hay que hacer una anotación al margen? gracias por tu información y por las molestias!
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Inscripciones
Si es un colegio público o concertado, me temo que no vas a poder inscribirlo de ninguna otra manera que con el nombre oficial que conste en los papeles. Eso es válido para todos los documentos oficiales o que se basen en documentación oficial.
Evidentemente, en el DNI o en el pasaporte del niño, siempre hasta que no haya una sentencia que dicte el cambio va a aparecer su nombre simple actual. Para hacerte esos documentos oficiales, además, no es que tú rellenes un formulario que podrías falsear, es que hay que aportar una partida de nacimiento expedida por el Registro Civil en el que estás inscrito (con lo que copian lo que hay apuntado, sin modificar absolutamente nada).
Lo que comentas de gente que se han añadido el "de"/"del", para hacerlo, igual como para regularizar ortográficamente un apellido, han tenido que presentar la solicitud correspondiente al Registro Civil avalando la demanda con documentación de la academia de la lengua que corresponda, de archivos históricos que demuestren que el uso de la partícula es pertinente, etc., etc. El caso que planteas tú, de cambio de nombre, es distinto.
Puedes tramitar la solicitud cuando quieras, pero suelen pedir bastante tiempo de uso del nombre que se solicita; es decir, piden que se demuestre que no es un capricho y que la demanda responde a un motivo de peso.
Un caso muy parecido ya salió en este foro (en su caso, dudaba entre dos nombres, lo inscribió con uno y acabó gustándole más el otro, por lo que quería, como mínimo, añadirlo como segundo nombre) y la persona interesada preguntó directamente a la DGRN donde le dijeron que documentación fehaciente como mínimo de uso de dos años y que lo más seguro es que le denegasen la solicitud, ya que respondía a un capricho de los padres, pues se supone que durante el embarazo hay tiempo suficiente para decidir el nombre del bebé. Puedes hacer una búsqueda en el foro para encontrar la charla donde la persona interesada explicaba esto mismo.
En los casos que conozco de cambios y modificaciones de nombre, siempre se ha tratado de niños de como mínimo siete u ocho años y se han aportado documentos como la partida de bautismo (supongo que en el caso de otras religiones con convenios con el Estado, servirían los documentos que acrediten que religiosamente el niño ha un nombre distinto al civil), listas de clase, matrículas en el colegio, carnés de bibliotecas, pases turísticos de cuando han ido de visita a otros países, correspondencia a su nombre, libretas de ahorro de entidades bancarias...
Eso sí, la resolución ha tardado bastante. Como todas las cuestiones relacionadas con la justicia, es un proceso lento.
Y ni idea de cómo quedaría la inscripción en el libro de familia. Ahí sí que no tengo ni idea, pero juraría que, como toda modificación, va en nota a parte.
Siento no poder ser de más ayuda.
Aurembiaix http://onomastica.mailcatala.com
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El tiempo de dos años
he releido tu mensaje.pq el tema me interesa mucho, y respecto al tiempo de dos años es elmínimo que consideran para su uso habitual?, pq en el registro donde le inscribi me han dicho que probablemente con toda seguridad lo aceptarán pero que el niño tiene que tener por lo menos cuatro años, y que bastaría con presentar 4 documentos de actividades o de invitaciones de cumpleaños, o de documentos delcole o guarderia donde aparezcan los dos nombres, y que sin pegas lo aceptan,pero que espere pq tb. podría cambiar la ley, y poderse hacer antes. en el bautismo le pusimos borja sólo, si le hubiésemos puesto borja david hubiera sido más fácil el cambio,o no es prueba suficiente? gracias por tus respuestas, es que mi marido estámuy impaciente, y quiere hacerlo cuanto antes,no se si con un abogado sería más fácil o no es necesario!
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Trámites
Un abogado no es necesario, pero dado que conocen el terreno que pisan, puede facilitar los trámites. Depende de lo que os agobie a vosotros la burocracia y los trámites legales. Valorad si cómo os desenvolvéis en tribunales y registros compensa lo que os costarán los servicios de un abogado.
Si hubieseis bautizado al niño como Borja David hubiese sido más fácil, sí, porque demostraría vuestra voluntad de llamarle de esa manera. Eliminaría las dudas razonables de que lo de añadirle ahora un nombre es un simple capricho. De hecho, uno de los supuestos que contempla el Ministerio de Justicia es que alguien quiera cambiarse el nombre civil por su nombre canónico.
Si te han dicho que el niño tiene que tener como mínimo cuatro años, pues sí, debe ser esa la edad mínima. Lo que le dijeron a la otra forista es que tenía que demostrar un uso del nombre de, como mínimo, dos años. Es decir: si tomamos por bueno lo que te han dicho de los cuatro años, en ese momento puedes iniciar los trámites demostrando que durante como mínimo dos años (es decir, desde los dos añitos, que aún no tiene) ha sido llamado siempre y en todo momento Borja David.
Eso de que sin pegas lo aceptan (el cambio de nombre), permíteme que discrepe. En algunos casos lo aceptan y en otros, no, depende mucho de cada registro. Permíteme que me quede con un "quizá lo acepten" o, como mucho, con un "probablemente", pero que desestime el "con toda seguridad".
En lo que sí estoy de acuerdo es en que podría cambiar la ley. Lo veo improvable, ya que la última modificación es más o menos reciente, pero no es imposible que suceda.
Y dile a tu marido que se lo tome con calma, que las cosas de palacio van despacio y que va a tener que esperar hasta dentro de dos años y medio si en el registro civil que os corresponde os piden que el niño tenga como mínimo cuatro años. Tomaos los dos años y medio que os quedan como tiempo para recopilar cuantos más documentos que muestren el uso de Borja David mejor.
Aurembiaix http://onomastica.mailcatala.com
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