Curiosidades para quien desee entrar en este mundo del comercio de perfumes...
Os explico, he conseguido hacerme proveedor de 2 perfumerías de la zona. Es una magnífica noticia. Pero hay un problemón...
Según Hacienda, cualquier persona física o empresa que venda a alguien que luego pretende revender los productos que tu le has vendido, tiene que estar inscrita con el epígrafe de Mayorista y dejar el de Minorista con lo cual deberás efectuar declaraciones de IVA trimestrales que antes no debíamos hacer debido a que estabamos en Régimen de Equivalencia.
Supongo que ahora os preguntareis que es el Régimen de Recargo de Equivalencia probablemente, no?
Bien, el Recargo es que tu cuando compras al mayorista o proveedor pides que te aumente el precio del producto un 4% en concepto de IVA para luego estar exento de declarar IVA trimestralmente. El producto se encarece pero luego todos los beneficios que tengas por concepto de IVA son para ti sin que Hacienda te pida que le pagues más.
Es un magnífico sistema para alguien que vende al usuario final, pero cuando uno entra en ventas mayoristas (de empresa a empresa con el fin de que la segunda empresa revenda tus productos) ya te obligan a cambiar de Régimen de Iva.
Espero haberos ayudado a no incurrir en delitos y hacerme caso: jamás os penseis que Hacienda es tonta porque de tontos tienen poco y el día menos pensado te ves envuelto en un delito con el consiguiente gasto en concepto de multa. Os lo digo yo que tengo una familiar haciendo auditorias de empresas en Hacienda y pillan a todo cristo que comete fraudes aunque sea por desconocimiento de las leyes.
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