Foro / Maternidad

Consulta legal. reducción de jornada

Última respuesta: 16 de julio de 2004 a las 10:32
D
daryna_5680623
16/7/04 a las 9:13

He leido el post de alge2004. Vaya faena.
Desde luego, si no vas a malas te toman el pelo, y encima ya ha renunciado ella a la LM !!!!!
Espero que todo se arregle para bien.
Y luego quieren que nazcan más bebés, pues lo tienen claro !!!
Mi consulta es la siguiente:
Cuando yo acabe mi baja por maternidad y mi mes de vacaciones quiero pedir también la reducción de jornada.
Aún no tengo pensado si trabajaré 6 o 7 horas pero mi duda viene en el tema del horario.
Mi empresa tiene el horario siguiente: 9-2 y de 4 a 7 pero a mi iría bien hacer el horario de 8 a 15 h ( en el caso de hacer 7 horas) o de 8 a 14 h ( en el caso de decidirme por 6 h).
Como el horario que yo propongo "está fuera" del horario de la empresa, creeis que es legal? me lo pueden denegar?
Aysss que lío tengo.
A ver si alguna de vosotras me dice algo.
Ahhh ! me llevo muy bien con mi jefe pero como ya no te puedes fiar, prefiero no tener "favores".
Un saludo
Montse

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B
blancan
16/7/04 a las 10:32

A ver
Hola Montse,
Te adjunto un extracto de un documento de nuestra empresa con la reglamentación del tema de la reducción de jornada. Hace referencia a unas leyes del BOE, que supongo que podrán buscarse por internet, pero básicamente lo que dicen es que la reducción de jornada será entre 1/3 y 1/2 y se presupone dentro de la jornada laboral, así que en tu caso sería de 9 a 2. Esto es lo legal. La jornada que tú propones es menos reducida de lo que por ley se permite, y por eso tendrás que negociarlo con tu empresa, que no está obligada a aceptarla y puede decirte que o 5 horas o 8 horas. En mi caso RRHH nos permite hacer la jornada reducida de 1/8 (7 horas seguidas) pero nos deja muy claro que es un favor especial que nos hace.
Un saludo, Blanca.
"
Tanto la Ley 39/1999 (BOE 6-11-99) como la Ley 12/2001 (BOE 10-7-01), reformaron el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores con el
ánimo de promover la conciliación de la vida familiar y laboral.

Básicamente, la medida introducida da a los trabajadores la posibilidad de solicitar una reducción de jornada por una serie de motivos
familiares y en una cuantía entre 1/3 y 1/2 de la duración de la jornada normal de la empresa. La concesión de la reducción no es siempre
ilimitada, sino que pueden darse circunstancias en las que puede limitarse el derecho. Los motivos familiares por lo que puede solicitarse la
reducción de jornada son: Cuidado de un familiar hasta segundo grado, un menor de 6 años o un discapacitado."

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