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| Mensaje que originó la charla: | "¿me pueden despedir estando embarazada y de baja por it?" Enviado por claudia3000 el 26 mayo a 18:30
Hola a todas,
Es la primera vez que escribo y os pido vuestra ayuda, si alguna de vosotras ha estado en una situación parecida a la mía. Estoy embarazada de 14+3 y estoy de baja por IT por riesgo de aborto, tengo contrato indefinido y quisiera saber si la empresa me puede despedir estando de baja. ¿En caso de que lo hiciera como debo actuar? Y que medidas tengo que tomar en el supuesto de: Si el INSS me da el alta y me incorporo a trabajar a la empresa, pero la empresa ha contratado a otra persona para que ocupe mi puesto y a mí no me dan trabajo, y tampoco puedo ocupar mi sitio, es decir que me hagan "mobbing". Asimismo, esta persona está informando a los clientes que yo ya no trabajo en la empresa (mi situación actual es: baja por IT). ¿es eso correcto y qué debo hacer? Espero, que me podáis ayudar. Muchas gracias.
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| Contenido de las respuestas: | | "Me ha tocado estar en el otro bando" Enviado por anitadinamita29 el 25 julio a 09:56
decidme si soy mala, malisima please, hola a todas, Tengo 2 niños y una mini empresa, y este verano he metido a una chica a trabajar en mi puesto para poder hacerme cargo de mis hijos. La contrato a finales de mayo para que se forme lo suficiente y quedarse al frente del puesto desde el 1 de junio hasta el 30 de Agosto. El día 7 de julio me presenta una baja por enfermedad común, y me dice que está embarazada, que si lo hubiese sabido, no hubiera firmado el contrato. La baja es por 15 dias. En ese momento yo no puedo incorporarme por que no tengo con quien dejar a mis niños. Busco a alguien que la sustituya y le planteo que si no quiere trabajar por su embarazo, puesto que está en periodo de prueba, la pasaba a la mutua y ya está, pero que económicamente no podía soportar la situación. Respuesta: me ha denunciado.
Ahora pienso que por gente así las buenas trabajadoras tienen menos oportunidades, si tengo que pagar a un abogado, su salario de tramitación, el de la nueva chica, los seguros sociales, mi autónomo y la canguro de mis hijos los dias que esté liada con todo este proceso, mejor cierro y ya está. Una emprendedora menos.
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| | "Despido nulo" Enviado por mangonet el 11 junio a 18:14
El despido de una embarazada por razon de su embarazo en nulo de pleno derecho.
La empresa puede alegar otras causas ajenas al embarazo para justificar el despido, en ese caso ocurren 2 cosas:
1.- Que la trabajadora acepte que esas son las causas por las que se le despide y que al no poder probarlas la empresa el despido es improcedente y se indemnice con 45 dias.
2.- O bien que la trabajadora alegue que la causa final del despido es su embarazo y por tanto el despido es NULO. lo unico que puede hacer la empresa es readmitirte.
Un caso mas peliagudo de todo esto , es que la empresa alegue que el despido tiene causa objetiva. Por ejemplo que la empresa va mal y tiene que amortizar tu puesto de trabajo para poder seguir adelante.
En este caso te recomiendo un buen abogado, o mejor que eso C.C.O.O o U.G.T. Aqui hay que pelear mas pero tu tienes las de ganar.
Sobre todo recomendarte que alargues al maximo la baja. Ves combinando bajas. Una vez finalice el riesgo de aborto, viene la baja por vomitos, despues la lumbalgia o el sobrepeso y por ultimo y mas espectacular la baja por ansiedad por el miedo a un aborto.
Consigues llegar así hasta la semana 34 y entonces te das de alta y solicitas una suspensión del contrato por riesgo del puesto de trabajo para el embarazo. Esto enlaza con el momento del parto y tus cuatro meses de baja por maternidad.
Suerte y tranquila que no te pueden despedir.
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| | "Si se acepta el despido improcedente..." Enviado por analoz el 6 junio a 19:27
trabajo en RRHH en mi empresa y te aseguro que he visto unos cuantos escritos reconociendo el despido improcedente y aceptando pagar la indemnización correspondiente. Es más, yo misma he redactado alguno. Aunque no se quiera admitir, el despido es prácticamente libre es este país, aunque por lo menos aún queda la indemnización (aunque cada vez sea menor).
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| | "Estando embarazada" Enviado por perotti el 28 mayo a 15:41
no se acepta el despido improcedente, es ilegal, sería despido nulo y deben readmitirte.
Pueden contratar a otra persona para suplir tu baja, que debe dejar el trabajo si te vuelven a dar el alta.
Yo de tí hablaría con RRHH de la empresa para explicarles que no tienes ninguna intención de dejar la empresa y que tras tu baja maternal quieres reincorporarte. En función de tu contrato pueden cambiarte de puesto e igual sueldo, pero puedes denunciarlos declarando "mobing". Asesórate en un sindicato. suerte!
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| | "Si te pueden despedir..." Enviado por analoz el 28 mayo a 10:59
pero como bien te han dicho antes, el despido sería improcedente por lo que puedes denunciarlo y las posibilidades que da el juez a la empresa son: reincorporación al mismo puesto de trabajo o indemnización por despido improcedente (que es lo que suelen elegir las empresas). No se qué antigüedad tienes, pero normalmente no le sale demasiado caro el despido. Si en ese momento sigues de baja, es la SS.SS la que continuaría pagándote y si tienes el alta, pasarías al paro. En cuanto a la chica sustituta, depende del contrato que le hayan hecho. Si es de sustitución por baja IT, en el mismo momento que te reincorporaras al trabajo, ella terminaría su contrato. Pero si le han hecho un contrato temporal de cualquier tipo (acumulación de tareas, circunstancias de la producción, etc.)entonces seguiría en ese puesto hasta que la empresa decida o llegue la fecha fin de contrato. Debes tener otra cosa en cuenta, para cobrar en la baja maternal debes estar dada de alta en el régimen general en el momento del parto. un saludo, Ana. Dpto. de personal de una empresa de servicios.
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| | "Re: "¿me pueden despedir estando embarazada y de baja por it?"" Enviado por evanis1511 el 28 mayo a 01:33
Si la empresa te despide estando de baja es un despido improcedente y puedes denunciarlo. Tal y como dices tu contrato es indefinido por lo que en el momento en que el INSS te de el alta tienes que incorporarte a tu puesto habitual de trabajo. Es la persona que cubre tu baja quien podria irse al paro cuando te den el alta ya que su contrato se supone que es para suplir tu baja. Que esta persona esté informando de que ya no trabajas en la empresa no es correcto pero puede que sea un error en la forma de explicar que en estos momentos no estás activa o puede que sea por lo que tú supones. Te recomendaria que contactes con algún sindicato que te informe correctamente de tus derechos.
Eva Nistal Directora de MLMeficaz.com
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| | "Llama al instituto de la mujer" Enviado por aipg el 28 mayo a 01:05
y tranquila que no te pueden despedir.
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