Ley de igualdad
Te adjunto lo que pone la ley de igualdad al respecto. Resumiendo, si tienes derecho a cogerlas en otro mes si coinciden. Eso sí, justo en cuando termines la baja maternal empalmas con las vacaciones.
Salu2.
El texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, queda modificado como sigue:
Uno. Se modifica el párrafo e) del apartado
Seis. Se añade un párrafo segundo al apartado 3 del
artículo 38, en los siguientes términos:
Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario
de vacaciones de la empresa al que se refiere el
párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad
temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia
natural o con el período de suspensión del contrato de
trabajo previsto en el artículo 48.4 de esta Ley, se tendrá
derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de
la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso
que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al
finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado
el año natural a que correspondan.