Pues no sé.
Hola, sobre eso no te puedo ayudar mucho, de temas fiscales en el extranjero no sé gran cosa.
Sólo te puedo decir que todos los pagos al extranjero mediante transferencia deben ser declarados al Banco de España con el código correspondiente a su destino, en ese caso es una faena. Se me ocurre que si el vendedor estuviese dispuesto a invertir en España, no tendrías problemas. Un residente en Inglaterra puede tener una cuenta bancaria, un depósito o un fondo en España, entonces no tendrías que declarar una salida de divisas. O ya, si das con un inglés que quiera comprarse un apartamento en la costa española, eso ya sería una operación de blanqueo redonda.
Un saludo.
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