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| Mensaje que originó la charla: | "Consejo unmaridin o quien pueda ayudarme" Enviado por pipika1 el 7 junio a 03:57
Mi pareja es separado.vivimos juntos desde hace un año y el tiene dos hijos de 3 y 10 años.cuando se separo y se establecio la pension alimenticia la hija pequeña tenia un año.paga por los dos hijos 460 euros mas gastos escolares,etc.puede disminuir esta cantidad a medida que los hijos crezcan?con los aumentos del ipc,y los gastos escolares,dentistas,etc no llegamos a fin de mes.se tiene en cuenta la situacion actual del marido?(nuevos hijos,hipoteca etc)como se puede consultar el famoso baremo del que hablais por el cual se deciden las pensiones en funcion de los ingresos?estamos realmente agobiados economicamente y no sabemos que hacer.ayudadme por favor.gracias
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| Contenido de las respuestas: | | "Contesto" Enviado por unmaridin el 7 junio a 12:39
1.- Los importes x alimentos pueden DISMINUIR o AUMENTAR no según crezcan l@s hij@s sino según desiminuyan o aumenten las propias necesidades de es@s hij@s menores....no es algo inamovible como la pensión x desequilibrio económico sino algo que sube o baja según suban o bajen las necesidades de l@s niñ@s, y como padres que somos sabemos de lo que hablamos (p.ej: los gastos de un bebe suelen ser mayores que los de un@ menor de 5 años o si un adolescente que ha cursado el Bachiller en colegios públicos va a estudiar una carrera fuera de su provinvia y en una Universidad privada, obviamente esos alimentos deben incrementarse por nuevas necesidades del menor.)
2.- Sí, por su puesto que se tiene en cuenta la situación actual o presente del marido alimentante. Esto también está contemplado por art 146 y 147 del código civil (ojo!!! en España, que se me olvidaba) quien declara que la cuantía de los alimentos erá propoircional a las necesidades de los menores y las POSIBILIADDES -económicas- de quien los da. Obviamente si la situación de tu pareja es AHORA distinta a la que tenís cuando se dictó sentencia, puede solicitar una rebaja o ajuste en alimentos (lo normal es tu caso, es decir, padre con obligación de pagar alimentos que, ADEMAS, tiene otro/s hij@s con su actual pareja a los que ta,mpoco debe desatender por pagar a los primeros. El art 147 declara que los alimentos se REDUCIRAN o aumentarán proporcionalmente según disminuyan o aumenten tanto las necesidades del alimentista (hij@s) y la fortuna o posibilidades económicas del alimentante (padre). Obviamente podéis presentar demanda de alteracion de circunstancias sobrevenidas ante el mismo Juzgado que declaró al sep. (en principio) `probando la existencia de nuevos hijos, hipoteca, obligaciones diversas, etc....) También influye, y mucho, si la madre y primera pareja tiene ingresos propios o no, ya que a ella se le podría incluso obligar a pagar más % de alimentos por no poder satisfacerlos ahora tu pareja.
Insisto en que esposible y legal solicitar esa reducción, siempre y cuando todo queda probado y archiprobado, es decir, que por atender esos 460 euros, se está desatendiendo las necesidades de VUESTRO hijo y demás obligaciones de rutina. Sí hace falta Abogado y procurador quienes, en principio, deberían intentar una negociación con su anterior mujer. Puede aprovechar la situación y pedir el divorcio, actualizando los alimentos a la baja con la documentación dicha.
La,mento informarte que, s.e.u.o. no hay baremos legales, oficiales u obligatorios, tan sólo unas tablas orientativas que han publñicado diversos colegios de abogados y audiencias provinciales en función de los ingresos netos y número de hijos pero que no son de obligada exigencia.
Suerte
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| | "Otra cosa que se me olvidaba" Enviado por pipika1 el 7 junio a 04:03
en caso de uerer que esto se revisase,es un procedimiento en el cual hay que pagar abogado y procurador?
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