Foro / Psicología

Dudas

Última respuesta: 17 de octubre de 2005 a las 18:32
J
joanna_8528168
15/10/05 a las 10:00

Hola a tod@s, la verdad es que he leido muchas veces vuestros mensajes y de ello he deducido que no es obligatorio que cuando el niño se va a pasar unos dias con el progenitor que no vive con el lleve ropa...

Tengo una amiga que a costa de esto tiene mil problemas, porque ha llegado a dejar al niño en el centro de intercambio porque consideraba que no llevaba bastante ropa...

He estado buscando y no he encontrado nada que lo diga en ningun convenio (aunque tampoco lo contrario) me podiais informar mas al respecto??

Gracias de antemano

Ver también

G
glynis_7888641
17/10/05 a las 18:32

Con todos mis respetos
Hola a ambos!!

Pues yo no estoy de acuerdo con unmaridin (con todos los respetos, compañero).

La pensión de alimentos comprende las necesidades amplias, entre ellas el vestido, y así se especifica legalmente.

En consecuencia, dado que satisfaces una pensión en la que queda contenido el vestido, el progenitor custodio está obligado a invertir esa pensión entre otras cosas en vestido y calzado, y dado que ese vestido y calzado esta "comprado" con dinero "de los dos" deben disfrutarlo los dos, pues no deja de ser ropa del niño adquirida con los medios de ambos progenitores.

Como ves, no es algo pacífico

un abrazo

ISDIN Si-Nails

ISDIN Si-Nails

Compartir
No te pierdas ni uno solo de nuestros tableros en Pinterest
pinterest