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| Mensaje que originó la charla: | "Divorciada, abrir cuenta ahorro a mi hijo?" Enviado por loli2025 el 23 julio a 12:16
Estoy separada y divorciada ya unos 6 años y ahora me planteo abrirle una cuenta de ahorro a mi hijo para ponerle los ahorros e ingresarle dinero cuando se porte bien.Las relaciones con le padre son inexistentes y si a veces las hay son malas.
Mi cuestión es: el padre podrá acceder a este dinero? podrá acceder, por ejemplo, ne caso de mi muerte? Quiero que el dinero sea unicamente para mi hijo¡ Claro , otra cosa es que el padre le persuada al hijo para que se lo dé, pero ahi no puedo hacer nada. Saludos
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| Contenido de las respuestas: | | "Contesto" Enviado por unmaridin el 23 julio a 12:33
Todo podría resumirse diciendo que mientras sea menor de edad, esa obvio que tu hijo no podrá disponer de dinero bajo ningún concepto (carece de capacidad civil para "mover" o sacar, salvo que tú le des una tarjeta, obvio) y si llegara a la mayoría de edad, podrá hacer xcon su dinero lo que biuenamente quiera....bastaría con decirte eso, no obstante, te aclaro más cosas.
Si abres la cartlla a nombre suyo, al ser menor de edad NECESARIAMENTE te van a exigir que figure un adulto, en este caso tú. Mientras sea menor de edad y tú no le des tarjeta de debito/credito, él no puede disponer de dinero, no obstante si quieres asegurarte más, una vez alcanzada la mayoría de edad puedes convertir esa cartilla en mancomundada y a dos firmas necesarias, es decir, que siempre os van a exigir vuestras DOS FIRMAS para cualquier gestión o trámite con la cartlla pues SOLO CON UNA FIRMA no se pueda hacer NADA en esa cartilla (ni siquiera solicitar tarjeta)
En caso de tu fallecimiento y salvo que dispongas alguna especialidad o idsposicion en testamento, tu/s hijo/s es heredero universal de tus bienes (100%) de los que podrá disponer libremente si es mayor de edad, pero si es menor de edad, será el padre quien adminbistre sus bienes y pase a tener su custoidia SALVO que ante Notario hayas nombrado un administrador de los bienes del hijo mientras sea menor de edad. Te recomiendo que lo hagas JUNTO con testamento. Es un cargo compatible con ejercicio de la patria potestad y custodia enb favor del padre, si tú fallecieras...eso sí, pénsa bien en la persona del Administrador de bienes de tu hijo menor de edad porque es un verdadero compromiso (un "marrón", hablnado claro) el que le vas a imputar si te ocurriera algo.
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| | "Muchas gracias" Enviado por loli2025 el 23 julio a 15:57
Muchas gracias por aclararme este lio de ideas. Ya lo tengo más claro. Has sido muy conciso. Saludos
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