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Mensaje que originó la charla:

Cuánto correspondería la indemnización

A ver os pongo en situación:

Chica lleva un año trabajando en la misma empresa y le termina el contrato en febrero'10. La empresa le propuso este mes hacer una reducción de jornada a 15hrs semanalas porque los ingresos habían disminuído.... La chica no conforme les dijo que o seguía a jornada completa o que figurase como despido por no acuerdo de las ambas partes.
La empresa optó por lo último, y la pregunta es... Qué cantidad le correspondería? Ayer le dijeron que se lo daría en mano porque "por tranferencia tarda" ¿esto también es normal?

Yo como no entiendo de estas cosas a ver si alguien de aquí lo sabe, please.

¡¡Besos!!

Lista de respuestas:
Contenido de las respuestas:

Hola chicamallorca, espero poderte ayudar

en principio para saber la cantidad que le corresponde habria que saber que tipo de contrato tiene. Si fuera un despido improcedente por parte de la empresa serian 45 dias por año trabajado. Esto lo deberia dictaminar un juez.
Por otro lado, la cantidad se podria valorar en la conciliacion o si no se llega a un acuerdo se hiria a juicio.
Darselo en mano no pasa nada siempre y cuando ella firme un recibí o el mismo finiquito para la empresa. En este caso saldria perdiendo la empresa porque al entregarlo en efectivo si ella no firma ese recibi o el finiquito la empresa no podra demostrar que la han pagado. Otra cuestion es que se lo den con un talon o cheque bancario, no hace falta recibir ni firmar finiquito dado que con el ingreso en banco valdria como que se ha entregado ese dinero, aunque dudo mucho que la empresa entregue ese dinero sin haber acuerdo por ambas partes.
Yo aconsejaria que no firmara el finiquito, que se asesorara si es correcta la cantidad que le corresponde y si finalmente es asi que firme tal documento.

un saludo.


Cómo quedó finalmente?

Han resuelto la situación?

Anda que ya me vale jajajaajajajajaj

jajajajaajajajajajajaj no habia visto ninguna respuesta y luego me salen todas a monton jajajajaajajajajajaj la madre que me pario jaajajajajajajajaja.

un saludo greanpeace

Holaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa



chicamallorca !!!!!!!!




Te cuento:

Le han dado el finiquito y ponía que le correspondía 20 días por año trabajo y en negrita "porque ha rescindido la trabajadora", obviamente ella no ha firmado nada, y se lo ha llevado a su abogado. Han puesto una demanda (creo) y ahora se tienen que poner de acuerdo con la gestoría de su empresa.

Un lío patatero, y claro, como no ha firmado nada está obligada a ir el martes y ella no puede, psicologicamente está fatal y le he dicho que vaya el domingo a urgencias por ansiedad y que se coja la baja hasta que se arreglen los papeles.

¿Qué te parece?

Utilizar la salud como chantaje para la resolución de un conflicto laboral es penoso

y eso sí que es prostituir las relaciones laborales.


Luego se habla de la corrupción de los políticos y nadie hace autocrítica para autocensurarse comportamientos viles y rastreros.

De acuerdo, es penoso

Pero igualmente penoso es tener que luchar, en una sociedad supuestamente democrática, por un derecho que tienes otogado por ley: el de cobrar ciertos importes establecidos legalmente. Es tan sencillo y elegante despedir pagando lo que corresponde y olvidarte del tema, y es tan humillante para el trabajador tener que "mendigar" sus derechos, así como es engorroso para la empresa pasar por un cemac... En estos casos, los que tienen el dinero tienen ventaja, y deciden qué, cuánto y cuándo pagar. El trabajador tiene un derecho regulado por ley que no puede disfrutar y se encuentra desprotegido. Tampoco veo correcto que el trabajador tenga que aguantar malas caras, malos comentarios y posibles situaciones tensas por intentar cumplir unas obligaciones mientras la empresa incumple las suyas: la de pagar lo que corresponde. Lo único que me da pena en estos casos es el desgaste emocional de la persona en cuestión, ya que con una baja por depresión por en medio la situación se puede alargar bastante. El primero que abusa del sistema en este caso es la empresa y casos así no se darían si se cumpliera lo previsto por ley. Otra cosa es que pueden alegar lo que les de la gana y hacer constar un despido procedente para ahorrarse la pasta, pero tengo la impresión que en temas legales tiran de becarios, no sé ya qué pensar.

No es mi intención hacer un baremo sobre lo penoso de las situaciones

ni ver cuál es más o menos penosa!!!


Lo que comentas no invalida lo triste y patético que es aprovecharse de una baja médica para conseguir réditos laborales o legales.. Es lo que he dicho y es lo que mantengo.

Desgaste de la persona?? claro las empresas las dirigen animales!!!

Muy bien dicho

Ayer la vi y la pobre tiene unas ojeras de llorar, de la ansiedad que tiene para terminar con todo esto. Le he dicho que el martes vaya a primera hora al médico y que le explique (antes que pregunte a su abogado a ver si se la puede coger sin afectar nada) lo que ha pasado. Parece una chorrada cuando se está hablando de problemas entre adultos y que se puede solucionar hablando, pero no, es una empresa donde los insultos, las faltas de respeto y las miradas de asco abundan. Y tener que volver el martes a trabajar sus 9 horas le parece humillante y con temor de lo que le puedan hacer.
Espero que se solucione pronto porque lo está pasando fatal.

¡Muchísimas gracias!

Que acuda a los tribunales pero no a un médico y si aún así no es capaz de soportar

ni el fracaso ni la frustración que por todo se pone a llorar es que o tiene un problema psicológico (que lo dudo) o es una infantil e inmadura.

Más penoso es ver cómo se puede tomar la libertad de criticar a alguien

cuando no ha estado en su situación

Ojo

Le han hecho una oferta formal anteriormente relacionada con la reducción de jornada que mencionaste? Por si fuera así y en ESE momento ella hubiese firmado algo, como una no-conformidad con la oferta, la empresa se puede haber agarrado a ese documento.

Lo de la baja por depresión es muy habitual en estos casos y los abogados lo usan luego como un plus en la negociación. Igualmente que esté muy tranquila, si lo ha puesto en manos de un abogado no hay problema, la ley suele favorecer siempre al trabajador y antes de llegar a un juicio laboral se solucionará todo en una conciliación (cemac).

Estando ella de baja es posible que no le formalicen el despido (creo que sale más caro), así que en algún momento deberá reincorporarse a la empresa - aunque dudo que quieran alargarlo tanto, por un año de antigüedad, lo que pasa es que tienen asesores poco prácticos, que por ahorrarse 2000 euros acaban gastando 4000 luego.

Te recomiendo este libro:
http://www.lulu.com/content/4150910

Qué va, ella no firmó nada con la modificación de la reducción de jornada.

Bueno por lo que he entendido si va al médico y pide la baja por ansiedad (por ej.) el despido les puede resultar más caro, dependiendo de las circunstancias, etc.

Ahora se lo diré... muchísimas gracias por todo, eres un solete !!!!





No sale más caro el despido por estar de baja


A una amiga mía que tenía problemas con la jefa, cogió la baja por depresión y el
mismo día le mandaron el despido por burofax. Tela.

Trucos

Despedir estando de baja puede constituir un agravante para la empresa si se llega a un juicio o una presión añadida en un cemac. Lo que no puede es despedir la empresa precisamente por causa de la baja, pero puede despedir al trabajador estando éste de baja. La incapacidad temporal, debidamente tramitada, no es causa de despido, pero esa situación no impide el que pueda despedirse por causa justa, o sin ella, pero asumiendo de antemano las consecuencias de la improcedencia del despido.

Estando activo en la empresa, ésta puede alegar bajo rendimiento (que es tan relativo e imposible de demostrar) o incumplimiento de objetivos laborales y justificar un despido procedente - estando de baja siempre será improcedente, por ello resulta más caro. Bueno, tengo una manera retorcida de explicarlo... pero es que el manejo de las leyes también es retorcido.

Si la despiden estando de baja, puede resultar improcedente y que un juez encima obligue a la empresa a pagar los sueldos de tramitación.

45 días de indemnización por año trabajado

O la parte proporcional por los meses trabajados, entiendo que el año se hace en febrero 2010.
Más las vacaciones y pagas extras si no las tenía prorrateadas.
Es normal que le paguen el finiquito en efectivo, que se fije que lo que le pone en el papel coincide con el importe y que lea todo lo que firma. Normalmente se paga en talón, diría yo... pero en las empresas pequeñas, vete a saber.
Si tiene dudas puede acudir a UGT o CCOO y hacerles una consulta gratuita.

Empezó en agosto'08, o sea, que ya lleva más de un año

y le ampliaron este verano hasta febrero'10.
Y sí, las tenía prorrateadas, una cada de la vacas entonces, no?

¡¡Muchas gracias!!

A ver

Si tenía vacaciones prorrateadas como si fuera un contrato temporal, ya las estaba cobrando cada mes; lo mismo de las pagas extras - le saldría la parte proporcional en la nómina de cada mes. Entiendo que en este caso sólo le corresponden los 45 días por año trabajado MÁS la parte proporcional de lo que sobrepasa el año. En el finiquito no le liquidarán vacaciones ni pagas extra.

Si le han hecho varios contratos por NIFs distintos de varias empresas de un mismo grupo, es posible que pierda algo de antigüedad - es una práctica por desgracia habitual en grupos empresariales grandes con los contratos temporales. Puede comprobar el nombre fiscal exacto del empleador solicitando un informe de vida laboral, para asegurar que le han cotizado siempre por la misma empresa - y así sabrá cuánto le corresponde exactamente.

Siempre ha cotizado en la misma empresa,

Primero fue por sustitución por baja maternal, luego por horas de lactancia y después un año más de contrato hasta feb'10, que aún así, ya lleva trabajando más de un año.
Pero vamos, tiene que calcular mínimo 45 días por año trabajado, no? Es para hacerse una idea de cuánto le corresponde.
Y las vacaciones las ha tenido en verano, 3 semanas... Y aún le quedaba las de diciembre. En cambio, las pagas extras, ya estaban prorrateadas.

Muchísimas gracias por todo!!!!!

Sí, así es

45 días por año, las vacaciones restantes siempre y cuando las haya generado completas y nada de pagas extra en el finiquito.
Para las vacaciones calcula 1,8 días laborables por cada mes trabajado - redondenado siempre hacia donde toque (>/< 5), aunque hay empresas que redondean siempre a favor del trabajador.
Para los 45 días, si no me equivoco ha de tener en cuenta la base reguladora, no la nómina completa. La base reguladora es inferior a la liquidez a percibir. Si alguien está seguro de esto último, que nos ilumine.



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